Quellen | DIARIOELHIERRO.ES, Valverde (31/10/2008. 07:51 horas) El jurado popular emitió este jueves un veredicto de culpable de asesinato con la agravante de alevosía y la atenuante de trastorno antisocial de la personalidad en el juicio contra Juan Carlos G.G., conocido por Caco, al que se le acusaba de haber causado la muerte de un soldado de 29 años en el disco-pub La Piedra, de Valverde, el día 30 de septiembre de 2007 tras una pelea, informa el periódico El Día.
El veredicto de culpable de asesinato fue por unanimidad, aunque se valoró el hecho de que el procesado reaccionó de forma desproporcionada en una pelea que tuvo como escenario una discoteca de Valverde, donde se encontraba un grupo de soldados y un grupo de amigos de Juan Carlos G.G..
Según recoge el citado periódico, el Ministerio Fiscal solicitó, teniendo en cuenta los antecedentes del procesado, una condena de 17 años de prisión, así como que se le prohíba regresar a la Isla del Meridiano durante 10 años después de haber cumplido la pena y que indemnice a los familiares del fallecido en 150.000 euros.
Avelino Míguez Caiña, letrado de la acusación particular que representaba a los familiares de la víctima, solicitó una pena de 17 años y medio de prisión, así como que se prohíba al procesado regresar a El Hierro después de cumplir la condena y que indemnice a los familiares de la víctima en 200.000 euros.
Por su parte, el letrado de la defensa pidió que se aplicara la pena en su grado mínimo, lo cual hace que baraje una condena de 10 años y un día de cárcel.
NI INDULTO NI REBAJA DE PENA
Según recoge El Día, el jurado popular no se mostró favorable al indulto ni a la rebaja de la condena, al tiempo que consideraban probado que la madrugada del día 30 de septiembre de 2007 se produjo una riña a las puertas de la discoteca La Piedra entre el fallecido y un amigo del acusado.
Seguidamente, Juan Carlos G.G. sacó un cuchillo y le asestó cuatro cuchilladas a la víctima causándole una hemorragia masiva en la que perdió tres litros y medio de sangre sin que los médicos que le atendieron en el Hospital Virgen de los Reyes pudieran hacer nada por salvarle la vida, ya que las heridas fueron propinadas en zonas del cuerpo que afectaron a órganos vitales.
Una de las cuchilladas fue asestada en el lado izquierdo del pecho donde se encuentra el corazón y un pulmón y, la que fue calificada de mortal de necesidad, seccionó la arteria aorta abdominal y "tocó" la vena cava causando una hemorragia masiva y un schok hipobolémico.
El jurado, además, consideró que "la víctima no tuvo posibilidad de defenderse, ya que el ataque fue por sorpresa".
No quedó probado, asimismo, que el acusado tuviera intención de causar un daño innecesario, lo cual desmanteló la tesis del ensañamiento mantenido por la acusación. Los jurados consideraron que el trastorno antisocial de la personalidad que un psiquiatra dijo que sufría el acusado no le impedía ser consciente de lo que hacía y que el hecho de que hubiera bebido en exceso era "algo habitual" en el procesado.
El trastorno antisocial diagnosticado a Juan Carlos G.G., según el jurado popular, hace "que no reaccione de forma civilizada ante los estímulos", lo cual hizo que se rebajara la pena que inicialmente solicitaba la acusación de 20 años de prisión, señala El Día.
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